El pasado 27 de julio se publicó en el BOE el RD-LEY 13/2022 por el que se estableció el nuevo sistema de cotización para los autónomos que entrará en vigor a partir del 01/01/2023.
Las principales novedades son:
- La cotización se efecturá según los rendimientos netos de actividades empresariales y profesionales (con ciertos matices), de modo que hay que elegir una base de cotización en función de nuestra previsión anual. La fecha concreta en que haya que comunicarlo aún está por determinar.
- Para 2023 y siguientes se establecerán unas bases de cotización mínimas y máximas en función de los ingresos que se irán actualizando durante un periodo transitorio de 9 años.
- No es necesario hacerlo, pero se va a poder cambiar la base de cotización cada dos meses para ir adaptando las cotizaciones a la previsión de rendimeintos reales, no obstante, se establece un sistema de regularizaciones al alza o a la baja para que las cotizaciones queden ajustadas a los rendimientos reales al cierre de cada año.
- El cálculo de las bases y cuotas para los autónomos societarios está pendiente de desarrollo reglamentario.
- Desaparece el tope de cotización para los mayores de 47 años. Así todo, dada la repercusión de la reforma y pendiente de las consultas e interpretaciones que realice la propia Seguridad Social, les mantendremos informados de los cambios más significativos que se puedan venir produciendo.