Hoy mismo se ha publicado, por fin, el RD-Ley 14/2020 por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de las declaraciones tributarias correspondientes al primer trimestre de 2020 al 20 de Mayo en lugar del 20 de Abril, pero solamente para aquellas empresas cuya facturación en 2.019 haya sido inferior a 600.000 €, el resto están obligadas a presentarlo en el plazo habitual (20-04). En muchos casos, habremos ya domiciliado el pago, con lo que el cargo en cuenta se producirá el 20-05-2020 si cumplimos ese requisito de facturación.
Por otro lado, hemos recibido información de la Seguridad Social sobre la devolución de cuotas correspondiente al mes de Marzo de aquellos a los que hayamos solicitado la Prestación por Cese. Dicha devolución la realizará de oficio la Seguridad Social a lo largo del mes de Mayo.
Desde aquí puede descargar un dossier que nos parece muy interesante sobre las medidas generales de prevención a adoptar, al margen de lo que les pueda recomendar expresamente la empresa con la que tengan contratado el servicio de prevención ajeno a la que se tendrán que dirigir en todo momento para implementar dichas medidas en su centro de trabajo.