Qué es el impuesto de sociedades y quién está exento de pago

Qué es el impuesto de sociedades y quién está exento de pago

Dado que operan en el mercado, las personas jurídicas obtienen ingresos y también experimentas pérdidas. Por eso, lo primero que debe tener claro un empresario es qué es el impuesto de sociedades (IS) y qué actividades quedan gravadas por el mismo, así como las deducciones aplicables, porque de ello dependerá pagar más o menos.

Qué es el impuesto de sociedades

El impuesto sobre sociedades es un tributo que grava las rentas que obtienen las personas jurídicas por su actividad a lo largo del ejercicio fiscal (no es aplicable a los autónomos cuando su negocio o profesión lo gestionan como personas físicas, estos tributan a través del IRPF).

Es un impuesto directo, personal, proporcional y de carácter periódico. Se aplica en todo el territorio nacional, si bien País Vasco y Navarra cuentan con concierto y convenio económico propio, respectivamente. Esto ha dado lugar a denuncias por parte de otras comunidades autónomas, que consideran que el hecho de que en ciertos territorios del Estado se aplique un tipo de gravamen más bajo puede dar lugar a una localización interjurisdiccional de la actividad empresarial.

¿Cuánto se paga de impuesto de sociedades?

El tipo general es del 25%, pero hay algunas excepciones. Las cooperativas fiscalmente protegidas pagan el 20% de su resultado contable, mientras que para las empresas de nueva creación el tipo impositivo se rebaja al 15% en sus dos primeros ejercicios con base positiva.

Las sociedades de inversión pagan solo un 1%, mientras que las asociaciones y fundaciones declaradas de utilidad pública pagan una cantidad equivalente al 10% de sus beneficios.

Este que hemos visto es el tipo impositivo, otra cosa es el tipo efectivo, que puede variar en función de las deducciones que resulten de aplicación, reduciendo así la base imponible.

Momento de pago de este impuesto

El modelo 200 es el utilizado para la declaración anual relacionada con el impuesto de sociedades. Es como si fuera la declaración de la Renta de una empresa y se presenta entre el 1 y el 25 de julio. Además, su presentación es obligatoria aunque no se haya tenido actividad o no se hayan obtenido rentas que estén sujetas a este impuesto.

En general, si en la presentación del modelo 200 del ejercicio anterior se ha obtenido un resultado positivo, hay que presentar el modelo 202 en los meses de abril, octubre y diciembre para hacer un abono fraccionado y anticipado del modelo 200.

Cuál es el hecho imponible y sus características

El hecho imponible, la situación que da lugar al nacimiento de la obligación de tributar, es la obtención de renta (beneficios).

En este sentido, es importante tener claro el concepto de beneficio, porque las cantidades obtenidas como beneficio no tienen nada que ver con las facturadas. El beneficio es el resultado contable de restar los gastos a los ingresos.

Si una empresa ha facturado en un año 100.000 euros y sus gastos han sido de 30.000 euros, el beneficio no son esos 100.000 facturados, sino el resultado de restar a los ingresos los gastos. Es decir, 70.000 euros. Será esta última cantidad por la que se tributará en el impuesto de la renta de sociedades.

Puede ocurrir que una empresa facture millones de euros, pero también sufra grandes pérdidas, en este caso estaríamos ante lo que se conoce como beneficios negativos. El hecho imponible se ha producido y hay que presentar el IS, pero las pérdidas sufridas se pueden compensar con los beneficios en los ejercicios fiscales posteriores.

Otro dato importante a tener en cuenta es que, por disposición del Código de Comercio, también se gravan algunas otras cantidades obtenidas por la persona jurídica y que no tienen la consideración de beneficios.

Además, obtener renta no implica necesariamente que la persona jurídica lleve a cabo una actividad empresarial. Podría no tener actividad y aun así tener que presentar este impuesto por haber obtenido rentas derivadas de algún elemento patrimonial. Por ejemplo, si tiene una nave logística en propiedad y la está alquilando a un tercero.

Quién está exento del pago del impuesto de sociedades

La normativa tributaria incluye algunas exenciones del impuesto sobre sociedades. Aunque el sujeto pasivo son las personas jurídicas, no tienen la condición de contribuyentes a efectos del IS las sociedades civiles con personalidad jurídica que no tengan un objeto mercantil, ya que estas tributan en el régimen de atribución de rentas.

Exención total

Se aplica respecto a determinados entes públicos como los Ayuntamientos, las Comunidades Autónomas, los organismos autónomos dependientes de los anteriores, el Banco de España, las entidades gestoras de la Seguridad Social y figuras similares.

Esto implica que estos sujetos no tienen que cumplir ninguna obligación relacionada con el impuesto de sociedades, ni presentar la declaración-liquidación ni cumplir con los requisitos contables y registrales.

Exención parcial

Se aplica con respecto a organizaciones no gubernamentales, asociaciones empresariales, partidos políticos, sindicatos, colegios profesionales y, en general, entidades que no tienen ánimo de lucro.

Este tipo de entidades no pagan el impuesto de sociedades, pero sí están obligadas a declarar todas sus rentas, exentas y no exentas.

La complejidad del impuesto de sociedades

Llegar a entender el impuesto de sociedades en todas sus dimensiones no es una tarea sencilla. Por eso, para los empresarios cumplir con sus obligaciones tributarias puede llegar a convertirse en algo muy complicado. Y nadie puede permitirse el lujo de equivocarse, porque cualquier dato incorrecto en una liquidación de impuestos puede dar lugar a una sanción por parte de Hacienda.

De ahí que en la mayoría de los casos la mejor opción sea olvidarse de complicaciones y dejar todo lo relativo a la gestión y tramitación de impuestos en manos de especialistas. Esto supone para el empresario un ahorro de tiempo y de preocupaciones, pero también un ahorro de dinero, porque un profesional conoce a la perfección las exenciones que se pueden aplicar, consiguiendo así un resultado lo más beneficioso posible para su cliente.

Ahora que ya sabes qué es el impuesto de sociedades es hora de empezar a tomar decisiones con respecto a la fiscalidad de tu negocio y valorar si quieres seguir complicándote cada vez que llega el momento de su presentación o si, por el contrario, te conviene más contar con expertos que se encarguen de este tema.

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