Pagos y cobros de menos de 1.000 €, máxima deducción de aportaciones a planes de pensiones de 2.000 € y nuevas deducciones fiscales por rehabilitación de vivienda
Ya el pasado 13 de Julio informamos de que una de las novedades más importantes de la Ley 11/2021 de lucha contra el fraude fiscal fue la reducción de los pagos en efectivo a 1.000 € cuando interviene una empresa; lo recordamos ahora ya avanzado el año.
Además, y de cara al fin del ejercicio, nos parece importante destacar que solo podremos deducir si aportamos hasta 2.000 € en plan de pensiones y, como hasta ahora, se mantiene la deducción de vivienda si tenemos hipoteca derivada de una adquisición anterior al 01-01-2013.
Existe una nueva deducción temporal relacionada con nuestra vivienda habitual o con aquella dedicada al arrendamiento consistente en el ahorro del 20%, 40% o 60% de las cantidades que, satisfechas entre el 06-10-2021 y el 31-12-2022 (en algún caso 2023), supongan obras que reduzcan la demanda de calefacción y refrigeración, que mejoren el consumo de la energía primaria no renovable o que consistan en una rehabilitación integral energética, respectivamente. Para acreditar ese ahorro energético va a ser necesario un certificado expedido por un técnico competente antes y después de la realización de las obras, así como, que estén pagadas por medios bancarios.