Prestación por cese para autónomos aprobada en 2021

Prestación por cese para autónomos aprobada en 2021

La prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos ha cobrado recientemente más sentido que nunca, a la luz de las dificultades que están atravesando tantas pequeñas empresas y trabajadores independientes de nuestro país: analizaremos las novedades aprobadas en el BOE, sobre cómo se intenta evitar que muchos trabajadores autónomos tengan que dar por finalizada su actividad profesional.

Medidas de apoyo a los trabajadores autónomos anteriores y en 2021

No se prevén muchas otras prestaciones para autónomos en nuestras leyes, pero el gigantesco impacto de la crisis económica actual sobre ciertos sectores (ocupados, en su mayoría, por trabajadores independientes) ha llevado al Gobierno de España a redactar el Real Decreto-Ley 2/2021, de 26 de enero, y dar un alcance temporal mayor a la prestación para los autónomos por cese de actividad que se ha venido regulando desde el inicio de la pandemia en marzo de 2020.

En virtud de lo dispuesto, los autónomos cobrarán de las MUTUAS  o bien una prestación extraordinaria mensual (regulada en los Arts. 5, 6 y 8 del mencionado precepto) o bien una prestación compatible con el trabajo por cuenta propia (Art. 7), en ambos casos, se trata de compensar la disminución o la falta total de ingresos de su actividad profesional.

El origen de estas ayudas se encuadra dentro del sistema de protección para los trabajadores por cuenta propia que viene siendo regulado desde hace años en los Arts. 327 y siguientes del RD Legislativo 8/2015 del T.R. de la LGSS, cuando estos tienen que finalizar su actividad por causas ajenas a su voluntad. El problema, en muchas ocasiones, es poder acreditar esas causas ante un sistema tan estricto como el que prevé esta normativa, lo que hace en la práctica que muy pocos autónomos hayan podido acceder a estas ayudas desde que se implantaron.

Sin embargo, desde marzo de 2020, por las circunstancias tan excepcionales que estamos viviendo, se ha ampliado la casuística prevista para justificar los cierres temporales obligados por las distintas Administraciones, las pérdidas o, en general, la disminución de ingresos: estaríamos hablando, por ejemplo, de establecimientos de restauración y hostelería que, según el caso, puedan desarrollar parcialmente su actividad a causa de las restricciones de aforo, horarias y de movilidad, o en peor de los casos, que se vean obligados a suspenderla totalmente.

Novedades sobre la prestación por cese de actividad de autónomos en 2021

La principal novedad de este paquete de ayudas para autónomos es que se prorroga, por tercera vez, la concesión de la prestación por cese de actividad hasta el 31 de mayo de 2021.

Durante el tiempo que dure la prestación por cese de actividad, los autónomos contarán con una bonificación de casi la totalidad de sus cuotas a la Seguridad Social, a empezar a contar desde el primer día del mes en el que se haya hecho efectivo el cese de actividad, y hasta el último día del mes siguiente a su reanudación; dicho periodo contará como cotizado.

Además, ya no será obligatorio haber solicitado la ayuda durante los meses de marzo y junio de 2020: en su momento, la condición para acceder a la nueva ayuda por cese de actividad para autónomos era haberla solicitado entonces y no haberla percibido.

Análogamente, y para alivio del colectivo, el Gobierno también ha decidido suspender temporalmente la subida de la cuota de autónomos prevista para 2021, al menos, hasta que se vuelvan a revisar todos estos términos a la finalización de la prórroga.

Compatibilidad con cese de actividad por caída de ingresos

Para solicitar esta prestación, originalmente se estableció que los autónomos debían justificar,  o bien la paralización total de la actividad, o bien un descenso de un 75 % de sus ingresos en relación con un periodo anterior comparable; con esta nueva medida, se abren dos vías según si el autónomo tiene o no periodo mínimo cotizado: si se tiene «carencia» la caída mínima de ingresos que se debe acreditar con respecto al ejercicio anterior desciende del 75 % al 50 %, lo que permitirá el acceso a las ayudas a muchos más profesionales independientes; si no se tiene periodo cotizado se comparará el primer semestre de 2021 con el primer trimestre de 2020, todo ello de forma independiente de si el negocio ha sido suspendido de actividad por orden gubernativa

No obstante, no todos los autónomos podrán acceder a esta ayuda: en todos los casos hay limitaciones dependiendo de si el trabajador por cuenta propia percibe otros ingresos y la cuantía de estos.

Ayudas especiales para autónomos de temporada

También se recogen unas medidas para ayudar a los autónomos de temporada, aunque la temporalidad inherente a sus actividades no coincida necesariamente con las épocas de primavera y verano.

En el Real Decreto-Ley que estamos analizando, se considera como autónomo de temporada a todo aquel profesional que permanece dado de alta en el RETA (o en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar) entre 4 y 6 meses al año durante 2018 y 2019.

La medida está destinada para todos los trabajadores autónomos que acrediten que hayan ganado menos de 6650 euros durante la primera mitad de 2021: las ayudas para este colectivo de autónomos consisten en una prestación de unos 950 euros.

Para poder acceder a esta medida, los autónomos deben haber estado dados de alta en el RETA durante, al menos, dos meses dentro del primer semestre de 2021; cabe destacar que, originalmente, el Gobierno puso como requisito una permanencia de tres meses.

Hay que pagar impuestos por estas y todas las ayudas

No se nos tiene que olvidar que tanto la prestación por cese como las subvenciones autonómicas o municipales que podamos percibir TRIBUTAN, es decir, cuando vayamos a presentar nuestros impuestos debemos de tener en cuenta que hay que hacer las cuentas con la Hacienda Pública. En general, muy pocas ayudas están exentas de tributación.

La prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos ha sido rediseñada para dar cabida a un mayor número de profesionales por cuenta propia, tan necesarios y presentes en el tejido empresarial español: asesorar a PYMES y autónomos es una de las especialidades de GDN Asesoría, donde te ayudaremos en todo lo que necesites para llevar tu negocio.

Si te ha parecido interesante, compártelo:

Atención especializada para tu negocio

ELIGE LOS SERVICIOS QUE MEJOR SE ADAPTAN A TUS NECESIDADES

asesoria en santander para emprendedores

Estoy tramitando el lanzamiento de mi proyecto o llevo pocos años. Quiero cumplir correctamente con mis obligaciones legales.

asesoria en santander para autonomos

Necesito conocer otras formas de gestionar mi negocio, saber si me interesa constituir una sociedad, si tengo derecho a subvenciones o ayudas.

asesoria en santander para sociedades

Necesito ajustar los costes laborales, la Seguridad Social y, sobre todo los impuestos. Definitivamente creo que pago demasiado.